
Registro de Ciudadanos rechaza inscribir a Zury Ríos
Por considerar que Zury Ríos Sosa tiene prohibición constitucional, el Registro de Ciudadanos (RC) del Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó inscribir a la aspirante a la presidencia de la república por el partido Valor.
Según el vocero del TSE, Luis Gerardo Ramírez, el RC razonó la denegatoria basado en el artículo 186 de la Carta Magna: “No podrán optar al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República: a. El caudillo ni los jefes de un golpe de Estado, revolución armada o movimiento similar, que haya alterado el orden constitucional, ni quienes como consecuencia de tales hechos asuman la Jefatura de Gobierno; (…) c. Los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente o Vicepresidente de la República, cuando este último se encuentre ejerciendo la Presidencia, y los de las personas a que se refiere el inciso primero de este artículo”.
Por medio de una nota de voz divulgada por Luis de León, vocero de Valor, Ríos Sosa comunicó que ya habían contemplado esta resolución, debido a que el 2 de julio de 2015 el Registro de Ciudadanos le denegó por primera vez la inscripción. Para esa fecha era la abanderada del partido Visión con Valores (Viva).
En aquel momento, Ríos Sosa acudió a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), la que la amparó y pudo proseguir con su candidatura. Al final, se colocó en el quinto puesto entre 15 competidores por la presidencia. Los pasos a seguir, de acuerdo con la normativa legal, será presentar recursos de revocatoria y apelación en el TSE. De ser rechazados, aún queda acudir a la CSJ por la vía del amparo provisional que le permita ser inscrita como candidata.